DECRETO N° 2391/14 (MGyJ) del 30/09/2026
DECRETO N° 2.391/14 (MGyJ), del 30/09/2026. EXPEDIENTE Nº 918/200-F-2026. VISTO, la presentación efectuada por la "FUNDACIÓN PENSARTE GEEK", Personería Jurídica Resolución N° 154/2025 DPJ de fecha 21/05/2025, con domicilio en Pasaje Azopardo N° 1453, de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, mediante la cual solicita se otorgue un subsidio, y CONSIDERANDO: Que lo solicitado será destinado a cubrir los gastos de alojamiento y traslados del equipo del Bibliomovil de la Biblioteca del Congreso de la Nación, materiales de librería y el refrigerio de alumnos que participaran de las actividades del Bibliomovil, que recorrerá distintos puntos y establecimientos educativos de la provincia entre los días 26 al 30 de octubre del corriente año. Que intervienen la Dirección General de Presupuesto de la Provincia y la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno y Justicia. Que el Gobierno de la Provincia considera procedente brindar la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otórgase a la "FUNDACIÓN PENSARTE GEEK", Personería Jurídica Resolución N° 154/2025 DPJ de fecha 21/05/2025, con domicilio en Pasaje Azopardo N° 1453, de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, CBU N° 0070089420000021346262 del Banco Galicia y Buenos Aires S.A.U., un subsidio con cargo de oportuna rendición de cuentas, por la suma de $ 14.000.000 (pesos catorce millones), quedando facultada la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia, a emitir la correspondiente orden de pago, con la finalidad señalada precedentemente. - ARTICULO 2°.- Impútase el gasto que demande el presente Decreto a la Jurisdicción 11 - SAF MGJ - DIR. ADM. MIN. GOB Y JUSTICIA - Programa 11 - Unidad de Organización 230 - Ministerio de Gobierno y Justicia - Finalidad/Función 131 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Financiamiento 10 - Recursos del Tesoro General de la Provincia - Partida Subparcial 517 Transf. a otras Inst. Cult. y Soc. sin fines de lucro, la suma de $ 14.000.000 - Presupuesto General Vigente. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-