DECRETO N° 2402/3 (SH) del 01/10/2026
Boletin n°: 31.305 - Aviso n°: 275.415 - Fecha Boletín: 19/10/2026

DECRETO N° 2.402/3 (SH), del 01/10/2026.- EXPEDIENTE N° 541/388-U-2026.- VISTO las presentes actuaciones mediante el cual la Secretaría de Estado de Control Previsional del Ministerio de Economía y Producción tramita la adquisición de cortinas tipo roller, y CONSIDERANDO: Que a tal fin, resulta necesario dictar el instrumento legal tendiente a incorporar la Partida Subparcial 439 que atenderá el gasto de referencia, teniendo en cuenta las disposiciones del Artículo 12 de la Ley N° 9.942 - Presupuesto General 2026; y asimismo, se debe disponer la excepción del Artículo 5° del Decreto N° 1/3(SH)-2026, que prohíbe realizar erogaciones en bienes de capital. Por ello, atento a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 5, Contaduría General de la Provincia a foja 6 y al Dictamen Fiscal N° 1669 del 23 de septiembre de 2026, adjunto a foja 8 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Efectúase la siguiente adecuación de créditos presupuestarios: EXTRÁESE de la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93: Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 03: Créditos Adicionales, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, Partida Subparcial 439: Equipos varios, la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL ($ 520.000.-). INCORPÓRASE en la Jurisdicción 18 - SAF MEP - DIR. ADM. MINISTERIO DE ECONOMIA Y PROD., Programa 11: U. O. N° 420 - Ministerio de Economía y Producción, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01: U. O. N° 420 - Ministerio de Economía y Producción, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, la Partida Subparcial439 - Equipos varios, por la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL ($ 520.000.-). Todo ello del Presupuesto General 2026. EXCEPTÚASE a la Jurisdicción 18 - SAF MEP - DIR. ADM. MIN. DE ECONOMIA Y PROD., Programa 11: U. O. N° 420 - Ministerio de Economía y Producción, de la restricción del Artículo 5° del Decreto N° 1/3(SH)-2026, para la compra de lo tramitado. ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Volver