RESOLUCIONES N° 11038 (I.P.S.S.T.) del 15/10/2026
IPSST. RESOLUCIÓN Nº 11038, del 23/09/2026. EXPTE.: 4301-17556-2025-I.- INTERVENCIÓN.- S/OFICINA.- VISTO los presentes actuados mediante los cuales se tramita el incremento de los valores que abona la Obra Social a los siguientes prestadores de la Obra Social: PRESTADORES MEDICOS DIRECTOS, ASOCIACIÓN TUCUMANA DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA DE TUCUMÁN (ATOT), ATAAR y ASOCIACION CIVIL DE NEUROCIRUJANOS DE TUCUMÁN (cfr. fs.05), según convenio vigente; adjuntándose a fs.01 el incremento propuesto a partir del 01/08/2026 (4,98%) y a partir del 01/09/2026 (3.35%); y, CONSIDERANDO: QUE a fs.02 interviene Gerencia de Administración en conjunto con Oficina de Contabilidad Central realizando informe respectivo, sobre los recursos proyectados para el Subsidio de Salud, para el año 2026.- QUE a fs.04 el Servicio Jurídico del Organismo emite dictamen sobre lo tramitado en autos: “…Atento a que en las presentes actuaciones se gestiona el incremento de valores de prácticas convenidas a fs. 1, con los prestadores allí indicados; este Servicio Jurídico entiende que no existe impedimento jurídico y/o legal en proceder conforme se gestiona, con fundamento en el -art. 3 inc. e) y cc. de la Ley 6.446-. Ello, teniendo en cuenta informes de fs. 2-3. El acto administrativo que disponga el aumento, deberá ser publicado en el Boletín Oficial, conforme lo dispone el art. 44 de la Ley 4.537.”.- QUE a fs.05 la Gerencia de Prestaciones Asistenciales informa: “Visto el estado de las presentes actuaciones sobre Actualización de Valores a prestadores de la O.S., PRESTADORES MEDICOS DIRECTO, ASOCIACIÓN TUCUMANA DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA DE TUCUMÁN (ATOT), ATAAR y ASOCIACION CIVIL DE NEUROCIRUJANOS DE TUCUMÁN, teniendo lo dispuesto por la superioridad del Organismo a Fs.Ol, lo obrado a por Contabilidad Central, por Auditoría Contable y lo dictaminado por Asesoría Letrada, esta Gerencia de Prestaciones Asistenciales entiende que no existirían impedimentos para el dictado del correspondiente acto administrativo, siempre y cuando resultara factible, ajustado a derecho y "que los gastos prestacionales no excedan los ingresos por Subsidio de Salud"..”. QUE a fs.06 el Dpto. Auditoría Contable realiza intervención de su competencia, no formulando observaciones sobre lo actuado en autos.- POR ello en uso de las facultades conferidas por Ley; LA H. INTERVENCION DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE TUCUMÁN RESUELVE: 1°)- AUTORIZAR el incremento de los valores que abona la Obra Social a los PRESTADORES MEDICOS DIRECTO, ASOCIACIÓN TUCUMANA DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA DE TUCUMÁN (ATOT), ATAAR y ASOCIACION CIVIL DE NEUROCIRUJANOS DE TUCUMÁN a partir del mes de Agosto 2026 en un 4,98% y para el mes de Septiembre 2026 en un 3,35% según se detalla a continuación: CÓDIGO - DESCRIPCIÓN - ago-26 - sept-26 420101 - CONSULTA MÉDICA AMBULATORIA - $ 18,911.40 - $ 19,514.88 420165 - CONSULTA GRATUITA MAYORES DE 65 AÑOS - $ 18,911.40 - $ 19,514.88 420303 - INTERCONSULTA ESPECIALIZADA EN INTERNACIÓN - $ 40,307.54 - $ 41,539.79 420304 - INTERCONSULTA INFECTOLOGIA EN INTERNACIÓN - $ 40,307.54 - $ 41,539.79 420104 - CONSULTA PLAN MATERNO - $ 18,911.40 - $ 19,514.88 420105 - CONSULTA PLAN INFANTIL - $ 18,911.40 - $ 19,514.88 420106 - CONSULTA PLAN DIABESNOA - $ 18,911.40 - $ 19,514.88 420016 - CONSULTA PRE-ANESTESICA - $ 18,911.40 - $ 19,514.88 420112 - INTERCONSULTOR TRAUMATOLOGICO $ 15,767.37 - $ 16,270.52 420129 - INTERCONSULTOR DE NEUROLOGÍA DPGRM - $ 15,767.37 - $ 16,270.52 420199 - AUDITORIA MEDICA ESPECIALISTA - $ 15,767.37 - $ 16,270.52 420170 - ALTA DE PLANES ESPECIALES - $ 31,537.15 - $ 32,543.52 420180 - CAMBIO PLANES ESPECIALES - $ 15,767.37 - $ 16,270.52 420190 - RENOVACION DE PLANES ESPECIALES - $ 15,767.37 - $ 16,270.52 COSEGURO 420101 - $4,600.00 - $4,800.00 2°) DEJAR ESTABLECIDO que a fs.03 la Oficina de Contabilidad Central informa existe disponibilidad financiera para llevar a cabo el acuerdo que se propicia en autos.- 3º) DISPONER que la Gerencia de Administración arbitre los recaudos necesarios y suficientes para efectuar las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial, conforme las normativas y reglamentación vigente.- 4º) PASE a Gerencia de Prestaciones Asistenciales a su conocimiento y demás efectos; fecho por Gerencia de Administración a idéntico fin.-