DECRETO N° 2355/3 (SH) del 25/09/2026
Boletin n°: 31.306 - Aviso n°: 275.462 - Fecha Boletín: 20/10/2026

DECRETO N° 2.355/3 (SH), del 25/09/2026. EXPEDIENTE N° 3553/920-MPD-2026. VISTO el presente expediente mediante el cual se gestiona un incremento presupuestario en la C.E. N° 019.1 - Escuela de Capacitación, Min. Pupilar y de la Defensa, por la suma de $100.000.000; y CONSIDERANDO: Que lo tramitado se encuentra contemplado en las disposiciones del Artículo 13° inciso a) de la Ley N° 9942 -Presupuesto General 2026-, que faculta al Poder Ejecutivo a incrementar el Presupuesto General para incorporar las partidas de recursos y/o financiamiento y sus respectivas erogaciones en los organismos centralizados, descentralizados y autárquicos que consolidan, en los detallados en el Artículo 6° de la Ley y en el Plan de Trabajos Públicos, cuando se produjeran incrementos de los recursos y/o financiamiento, nuevos recursos o financiamiento con respecto a los estimados en ella. Que, en consecuencia, resulta menester proceder de conformidad con lo tramitado dictando la pertinente medida administrativa. Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a foja 3, Contaduría General de la Provincia a foja 4, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 5 y al Dictamen Fiscal N° 1665 del 23 de setiembre de 2026, obrante a foja 7 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Increméntase el Presupuesto General 2026, en la Jurisdicción 10: MINISTERIO PUPILAR y DE LA DEFENSA, Programa 12: CE N° 019.1 - Escuela de Capacit. Min. Pup. y de la Def., Finalidad/Función 120, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 25: CE N° 019.1 Escuela de Capacit. Min. Pup. y de la Def.: . Incrementando el Recurso 12965: Ingresos Escuela Capacitación Min. Defensa, por la suma de PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000) y las Partidas Subparciales: - 299: Otros no especificados precedentemente $50.000.000.- - 399: Otros no especificados precedentemente $50.000.000.- ARTICULO 2°.- Comuníquese a la Honorable Legislatura de Tucumán, de conformidad con las disposiciones establecidas por el Artículo 13° inc. a) de la Ley N° 9942 -Presupuesto General 2026-. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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