RESOLUCIONES N° 15 (JET) del 15/10/2026
Boletin n°: 31.309 - Aviso n°: 275.521 - Fecha Boletín: 23/10/2026

JUNTA ELECTORAL TUCUMAN. RESOLUCIÓN Nº 15 /2026 H.J.E.P (E), del 15/10/2026. VISTO: La solicitud de reconocimiento de personería jurídico política de la agrupación “Lealtad, Esperanza y Responsabilidad”, para actuar como partido político en el ámbito de la Provincia, y CONSIDERANDO Que conforme surge de los antecedentes, la referida agrupación política dio cumplimiento con los requisitos establecidos en los artículos 7º, 8º y 9° de la Ley Nº 5.454 (Orgánica de los partidos políticos). Del análisis de la documentación presentada, se advierte concordancia con el espíritu de la norma contenida en los artículos 24° y 25° de la citada Ley. A fs.106 consta la celebración de la audiencia prevista en el art. 2º Inc.b) del Dcto. 1835/14(SSG), la cual se llevó a cabo previa notificación a los partidos políticos, habiendo comparecido solamente el peticionante. En virtud de lo dispuesto por el artículo 22º de la Ley Nº 5.454 y de conformidad con la Resolución N° 105 de la Honorable Junta Electoral de fecha 22/04/2003, corresponde que a la presente agrupación se le asigne el número 845. A fs. 107 se corre vista de las actuaciones a la Sra. Fiscal en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la I° Nominación, cuyo dictamen se agrega a fs. 109. Analizadas las actuaciones, Asesoría Letrada de la Junta Electoral emite opinión jurídica sin objeciones de índole legal. Por ello, habiéndose cumplido con el procedimiento exigido en la Ley Nº 5.454, la Honorable Junta Electoral Provincial, RESUELVE I.- RECONOCER personería jurídico política a la agrupación “LEALTAD, ESPERANZA Y RESPONSABILIDAD” para actuar como partido político en la jurisdicción de la Provincia de Tucumán. II.- OTORGAR el número 845 al mencionado partido según lo dispuesto por el artículo 22º de la Ley Nº 5.454 y Resolución N° 105 de la Honorable Junta Electoral de fecha 22/04/2003. III.- PUBLICAR por el término de un día (libre de derechos), en el Boletín Oficial de la Provincia, la Declaración de Principios, Bases de Acción Política, Carta Orgánica y la presente Resolución. DECLARACION DE PRINCIPIOS DEL PARTIDO LEALTAD, ESPERANZA Y RESPONSABILIDAD El Partido Provincial LEALTAD, ESPERANZA y RESPONSABILIDAD reconoce como principios fundamentales que regirán su acción política, el cumplimiento en el ámbito Provincial, Municipal y Comunal, de los fines expresados en la Constitución de la Provincia y de la Nación. El momento reclama la construcción de proyectos colectivos en los que el protagonismo social sea la esencia de la razón política. Proyectos que se mantengan en el tiempo, dirigidos a la edificación de una sociedad equitativa y solidaria, que potencie las capacidades de cada ciudadano en un marco de armonía, respeto e integración social. Proyectos que surjan desde la sociedad y sus organizaciones y que encuentren en el Estado un espacio abierto e integrador para su concreción. La crisis ha sido el rostro de nuestro país durante muchas décadas. Crisis económica, social, institucional, política y cultural. Sin reglas de juego claras y justas en lo económico y en lo social, donde lo único permanente es el beneficio creciente de los sectores mas concentrados de la economía. La profundización hasta límites intolerables de la brecha entre pobres y ricos y su consecuencia: La exclusión social, nos obliga a dirigir una mirada crítica a quienes en el sistema democrático tenemos la responsabilidad en la dirección de los destinos de la Población: los partidos políticos. Hoy los argentinos nos enfrentamos casi con los mismos problemas del siglo pasado: desocupación, hambre, miseria y marginalidad que se abaten sobre la sociedad como herencia trágica de los noventa. Los partidos políticos sumidos en discusiones estériles y decadentes y eternas internas, son visualizados desde la ciudadanía como incapaces de generar un proyecto cultural y político de producción y trabajo argentinos cuyo diseño y ejecución constituye, sin lugar a dudas, la deuda pendiente de la democracia. En este marco conceptual, resulta inexcusable hacerse cargo desde la política de la necesidad vital de abordar un proceso de renovación, que dejando atrás un pasado que la mayoría de los tucumanos quiere superar, permita la construcción de un nuevo espacio de gestión política e institucional en la Provincia de Tucumán. Recreación de ideas y conceptos que tiene que ver con la obligación de repensar la provincia en función del presente, del futuro y del mundo que nos circunda sin renegar de nuestra historia y sin perder de vista los objetivos nacionales, pero con la convicción de que las ideas sin actualizar dejan de ser tales y se convierten en dogmas. Actualización de ideas, recreación de conceptos, diseños de nuevos instrumentos. Imaginar y llevar adelante la construcción de una nueva provincia exige que las instituciones políticas renueven sus dirigencias y den respuesta a la natural necesidad de relevo generacional. Capacidad de gestión y administración de la cosa pública– entendidas como una mejor calidad de vida de la gente- deben ser los rasgos distintivos de una nueva dirigencia. La incapacidad de los gobiernos nunca la pagan los políticos, sólo la sufren los ciudadanos. Es por eso que desde nuestro lugar de ciudadano comprometido, con el impulso de nuestros deseos de una provincia Eficiente, protector de las clases desprotegidas, nos comprometemos a concretar y consolidar este nuevo modelo que nos marcan nuestros principios. Porque queremos ser protagonistas de las transformaciones que merece nuestra provincia. Porque estamos convencidos de que es este protagonismo la mejor garantía de que nadie será excluido por su condición económica, sexual, religiosa, educativa, y racial. Porque no claudicamos en la búsqueda de la Verdad, la Justicia y la defensa irrestricta de todos los derechos humanos. Porque creemos que el Estado -en permanente articulación con el sector privado y con las organizaciones de la comunidad- es el espacio democrático ideal para promover, organizar y conducir la búsqueda de esas transformaciones. Porque defendemos la existencia de una Provincia transparente, en el que los miembros de la comunidad debemos intervenir en la definición e implementación de las políticas públicas, como forma de garantizar una administración honesta y austera de los recursos comunes. Porque sabemos que la transparencia en la gestión del Estado, además de reducir los costos y terminar con el enriquecimiento de corruptos y corruptores, es el camino ideal para conseguir prestaciones más eficientes de parte de la provincia. Porque consideramos que la gravedad de la crisis merece que aunemos esfuerzos para consolidar un Estado provincial honesto, austero, eficiente y participativo, que cuente con los recursos y las capacidades para dar respuestas a las necesidades cada vez más severas que tenemos los tucumanos. Porque estamos convencidos de que esta unidad de esfuerzos no admite imposición ni hegemonía de intereses personales o sectoriales por sobre la prosecución del objetivo de alcanzar el desarrollo equitativo y solidario de nuestros barrios y sus habitantes. Porque no vamos a ceder ante aquellos que, señalando el mal ejemplo de algunos dirigentes, pretenden alejar a la comunidad de la actividad política, para de esa forma continuar saqueando cada día a más familias en todo el país. Porque no debemos ni queremos abandonar a nuestros chicos, a nuestros padres, a nuestros abuelos, a nuestros enfermos, a nuestros trabajadores, a nuestros empresarios, a nuestros estudiantes y a todos aquellos a los que el modelo de exclusión social y concentración de la riqueza se empeña en darles la espalda. Porque creemos que, ante un mundo desigualmente globalizado, es imperioso organizarse para la construcción de una alternativa política local que trabaje en pos del desarrollo económico, social y humano de nuestra provincia y que pueda ser un ejemplo para todo el país. Por eso y para ser artífices de nuestro futuro y de las próximas generaciones, entendemos que somos la única manera posible para construir ese camino, es nuestro principal propósito. BASES DE ACCION POLITICA El Partido Lealtad, esperanza y responsabilidad es la expresión política de un conjunto de personas comprometidas, que aspiran a representar desde el Gobierno provincial, local, los intereses de la comunidad de Tucumán. Los impulsores del presente Partido, acordamos los siguientes puntos como bases de nuestra acción política, en el entendimiento de asegurar la plena vigencia de los principios que nos inspiran: PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO: La desigual distribución de la riqueza, excluye a gran parte de la población del acceso a los más básicos derechos humanos. El Estado provincial, como articulador de la diversidad social, debe bregar por la compensación de esas desigualdades, garantizando -junto al sector privado y las organizaciones de la comunidad- un mayor y mejor acceso de todos los ciudadanos a la vivienda, la cultura, la salud, la educación, la recreación y el descanso. En este sentido, el Gobierno a cargo de la Provincia, deberá proyectar y organizar la provisión de los recursos económicos, humanos y tecnológicos suficientes para garantizar ese acceso, recurriendo además a la asistencia de los niveles estatales nacionales y de organismos públicos y privados de financiamiento externo. La defensa de todos los derechos humanos, así como la condena de cualquier acto que vulnere la integridad física, intelectual o espiritual de los ciudadanos, debe ser asumida como una política de Estado. La prevención y el cuidado de la salud, la asistencia a espectáculos públicos, la participación en activa en programas que mejoren la calidad de vida de la población, la mejora habitacional, la formación educativa o el acceso libre a espacios de integración social, no pueden sino ser derechos cuyo cumplimiento debe estar garantizado por parte del Municipio. Asimismo, el Estado local debe facilitar mecanismos de resolución alternativa de conflictos entre vecinos e intervenir a favor de estos en su relación con las empresas, especialmente con las concesionarias responsables de prestar servicios públicos. Para ello, la Provincia debe continuar con la tarea promovida desde las áreas de mediación y de defensa de los usuarios y consumidores, e impedir que los sectores más poderosos de la comunidad impongan reglas y condiciones ilegales, ilegítimas o inmorales a los vecinos. FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL: El intento de imposición a nivel global de un modelo de pensamiento único -que trasciende los márgenes de la economía y alcanza a todas las esferas del intercambio social- se corresponde con la generación de comunidades en las que la competencia y el individualismo son los mecanismos supuestamente exitosos de crecimiento. Así, la cooperación, la solidaridad, el respeto, la tolerancia y la integración son denigradas por quienes profesan el modelo competitivo de desarrollo social. Sin embargo, la profundización de la crisis refleja la incapacidad de este régimen económico y político para dar respuestas al conjunto social y demuestra que la exclusión cada vez más vasta es esencial a su vigencia. Paralelamente, el asociativismo, la llamada economía social o la creciente participación de los ciudadanos en distintas organizaciones de la comunidad, surgen como alternativas viables para un desarrollo más armónico y equitativo y colocan al ciudadano en un rol protagónico en el crecimiento no sólo individual, sino de su grupo, su barrio o su sector social. En ese marco, el Estado local debe promover el crecimiento de las organizaciones de la comunidad mediante asistencia técnica, capacitación, recursos y generación de ámbitos democráticos de intercambio y participación. Asimismo, debe garantizar que los distintos colectivos sociales puedan estar legítimamente representados en los espacios institucionales que se generen. MEJORAMIENTO DEL ENTORNO URBANO: La Provincia de Tucumán estuvo durante años carente de una planificación urbana viable, acorde a los nuevos modelos de comunidad, con una plan de proyección a futuro que garantice su crecimiento de manera armónica, armonía con sus recursos naturales y armonía con su creciente y pujante desarrollo económico, tanto en lo industrial, agropecuario y comercial, buscamos garantizar la calidad de su entorno urbano. Cuadras cedidas a comerciantes ilegales, plazas descuidadas, caos en la circulación y estacionamiento y calles sin iluminación y con pozos, eran postales cotidianas hasta hace pocos años. Los proyectos de intervención urbana no tenían más complejidad que la que permitía sacar provecho económico a sus autores y la planificación estratégica del crecimiento de los barrios y centros comerciales sucumbía ante el pequeño emprendimiento cortoplacista. El Gobierno local, debe asumir con compromiso y responsabilidad el diseño de un Plan Estratégico, que atienda a la necesidad de generar un entorno acorde a las necesidades de crecimiento económico, demográfico y cultural del conjunto social. Paralelamente, una provincia de las características de Tucumán requiere una intervención permanente sobre su infraestructura pública, de manera de ampliar y mejorar la cantidad de espacios para el aprovechamiento social y generar ámbitos urbanos en los que la belleza estética se corresponda con una mayor seguridad para los ciudadanos. Con respecto a este último aspecto, el fomento de redes comunitarias de protección así como la articulación de tareas y funciones entre el Gobierno y la Policía provincial han demostrado ser caminos adecuados para reducir los niveles de inseguridad urbana. Las intervenciones urbanas desde el Estado Provincial -ya se trate de las necesarias adecuaciones del código de ordenamiento o de obras puntuales- necesitan ser diseñadas con la intervención de las organizaciones de la comunidad. SEGURIDAD Tenemos plena conciencia de que la inseguridad reinante en la Provincia de Tucumán es uno de los problemas trascendentales que aqueja a la sociedad tucumana, y es por ello que en nuestra Base de acción política, su tratamiento tiene un lugar prioritario. Nuestras propuestas no estarán apuntadas a la estigmatización ni persecución de aquellas personas que infrinjan o hayan infringido la Ley, considerando que, en muchas ocasiones, son simples víctimas de un sistema poco igualitario, que los deja al margen de las posibilidades de crecimiento, sumado al enorme flagelo que causan las drogas en muchos barrios de la Provincia. Pensamos que es necesario que el Gobierno Provincial lleve adelante Políticas en Seguridad con una visión no solamente cortoplacista, aunque también adquieren gran importancia, sino que es menester crear una estructura pensada para un mediano y largo plazo, donde las soluciones no sean efímeras sino duraderas, donde el cambio radique en el pensamiento de las personas, donde la falta de delitos no encuentre fundamento en el miedo por la represión policial, sino en una educación y una cultura de trabajo que permita cortar con el sentimiento de personas y generaciones enteras que se sienten fuera del sistema, generaciones que vean a sus padres y a sus abuelos trabajar y llevar a cabo una vida digna de esta forma. En fin pensamos que el ejemplo transmitido desde la clase dirigente, pasando por las diferentes edades en la sociedad y ojalá transmitido de generación en generación es la solución, si bien no muy cercana, a nuestro gran problema de seguridad. DESARROLLO ECONOMICO Y EMPLEO El gobierno Provincial tiene la obligación de recrear -junto a los representantes del empresariado y organismos públicos provinciales y nacionales vinculados al desarrollo económico- mecanismos de promoción de la actividad empresarial, en particular de las PyMES, que son las que generan mayor cantidad de empleo en todo el mundo. Al respecto, la adecuación del esquema tributario de manera de aliviar la carga de los sectores empresariales más castigados por la crisis y aumentar la presión hacia quienes fueron beneficiados por el modelo vigente, es uno de los aspectos imprescindibles para reactivar la actividad económica. La mejora en el ingreso de recursos al Estado municipal permitirá acentuar las políticas de asistencia técnica, capacitación y apoyo a los micro, pequeños y medianos empresarios. Se debe propiciar el mejoramiento de nuestros caminos rurales, en procura de apuntalar el desarrollo de nuestros productores agropecuarios, y hacer crecer esta economía como así también las accesorias que esta trae aparejada, talleres, comercios de venta de maquinarias, agroquímicos, etc. La provincia debe fomentar el desarrollo de los comercios y actividades de recreación nocturna , y así recuperar el protagonismo del que hacía gala en años anteriores, evitando así la salida de nuestros jóvenes a las rutas, exponiéndose a los peligros que esto implica. El Gobierno debe asimismo fomentar el desarrollo del pequeño comercio barrial, mediante la promoción tributaria y la generación de mejores entornos urbanos, como corredores o paseos peatonales, entre otros. La lucha contra la evasión de tasas y derechos municipales es una responsabilidad ineludible del Estado, pero compromete al conjunto de la comunidad, ya que el mejoramiento de la calidad y cantidad de servicios públicos no es posible si el Estado provincial es privado de recursos por la caída de las recaudaciones. Esa lucha debe corresponderse con la estructuración de un sistema tributario justo, equitativo y solidario que legitime el origen de los recursos que utiliza el Estado local. En el territorio de Tucumán se asientan numerosas estructuras industriales ociosas o subutilizadas, fruto de la larga crisis que desarmó el aparato productivo en la provincia, como en el resto del país. El Gobierno debe promover, a través de su intermediación con organismos de crédito, su reactivación de manera de ampliar la producción local. La apertura de nuevas fuentes de empleo deberá beneficiar la contratación de residentes en la ciudad, mediante descuentos tributarios a las firmas que den trabajo a los tucumanos. La implementación de planes de empleo, con recursos nacionales y provinciales, debe seguir orientándose a actividades productivas que redunden en beneficios directos a la comunidad, desechando las viejas lógicas clientelares y asistencialistas que denigraron durante la década del '90 a los beneficiarios de las políticas sociales. PROTAGONISMO CIUDADANO: Una de las más graves consecuencias de modelo económico edificado a partir de mediados de los '70, fue la ruptura de los lazos de confianza entre los dirigentes y la comunidad; ruptura que significó un distanciamiento de los ciudadanos respecto de su principal organización social, es decir, el Estado. En ese marco, las acciones impulsadas por los administradores de la "cosa pública" cayeron en un fuerte descrédito. Muchos ciudadanos empezaron a considerar que el Estado era el refugio desde el que se promovían privilegios hacia los sectores concentrados del capital y hacia los propios administradores públicos. Por ello, la recuperación del vínculo entre gobernantes y gobernados pasó a encabezar las prioridades de quienes creyeron en la necesidad de construir proyectos colectivos que además de efectivos fueran fruto de un consenso legítimo. El Gobierno provincial debe generar mecanismos importantes para permitir la participación de los tucumanos tanto en la definición como en la puesta en marcha de las políticas públicas. Ese protagonismo ciudadano –se impulsará con la realización de audiencias públicas, la conformación de consejos en los que se debe representar la diversidad de intereses sociales y la explicitación de los patrimonios de los gobernantes- esto permitirá generar proyectos con fuerte consenso social y mayor impacto comunitario. En esta línea de potenciar el protagonismo ciudadano, el Estado provincial debe trabajar para fortalecer mecanismos de democracia directa y semidirecta, de manera de que la necesaria delegación de algunas responsabilidades gubernativas -consagrada en el artículo 22 de la Constitución nacional- no asfixie la posibilidad de que sean los propios ciudadanos quienes diseñen la forma en la que van a ser invertidos los recursos públicos. La puesta en marcha de mecanismos que permitan la elaboración de presupuestos participativos, más que una necesidad coyuntural, es un proyecto que debe comprometer tanto a los actuales representantes como al conjunto de organizaciones sociales que intervienen en la realidad local. Se debe impulsar la creación de ONG's, Asociaciones Civiles, y acompañar el desarrollo y consolidación de las ya existentes, instituciones ilustres de nuestra provincia, que contarán con nuestro apoyo, y a las que obviamente también acudiremos en consulta en materias de su competencia, dando lugar a la participación de las mismas en el entendimiento que un tucumano comprometido con su provincia, y que siendo respetado y escuchado es un ciudadano que suma a los proyectos que hacen al mejoramiento de Tucumán, un mejor ciudadano. FORTALECIMIENTO DEL ESTADO: El funcionamiento pleno de la organización estatal es condición fundamental para que la sociedad alcance el desarrollo económico, cultural, educativo, sanitario, urbano e institucional que merece. Las leyes que el mercado financiero especulativo intentó imponer durante el último cuarto de siglo han demostrado que generan la acentuación de las desigualdades y la exclusión de un número creciente de personas del acceso a sus más básicos derechos humanos. Es por ello que el llamado gasto público debe estar condicionado por la austeridad y la eficiencia: debe ser lo suficientemente chico como para que la carga tributaria no sea excesiva y lo suficientemente grande atento a responder a todas las demandas que tiene la sociedad. Para que ese funcionamiento pleno tenga lugar es fundamental consolidar la base de recursos económicos, humanos y tecnológicos necesarios para una prestación eficiente de los servicios. Esta base de recursos debe tener un origen genuino; es decir, el esquema de ingresos públicos debe contemplar que los sectores más beneficiados de la economía realicen mayores esfuerzos para que las familias más humildes de la Provincia así como el empresariado con menores márgenes de rentabilidad soporten una carga tributaria más liviana. Asimismo, los esfuerzos por achicar y eliminar los niveles de evasión fiscal redundarán en una paulatina reducción de los valores de todo el esquema tributario. El Estado provincial debe ejercer con firmeza y eficiencia el poder de policía delegado por la sociedad, aumentando los controles sobre toda la actividad empresarial, comercial e industrial que se desarrolla en la provincia, sin que eso signifique alterar las estrategias de desarrollo económico local. Los mecanismos de transparencia en la gestión y protagonismo social, así como la ampliación del número de proveedores registrados y la regularización de los pagos a éstos, permiten reducir los costos de los bienes y servicios que necesita el Estado para su funcionamiento. Del mismo modo, y en el marco de achicar el gasto público garantizando mejores servicios, es fundamental modernizar la estructura del Gobierno, de manera de agilizar procedimientos burocráticos y acelerar la capacidad de respuesta a las demandas sociales. Al respecto, también es necesario extender el mecanismo de los concursos públicos para cubrir cargos en las distintas áreas del Estado, permitiendo que la idoneidad de los funcionarios sea la principal variable para desempeñarse en el Estado provincial. En ese mismo marco, se inscribe la necesidad de capacitar en forma periódica al personal CARTA ORGÁNICA PARTIDO CAPITULO I ARTICULO 1°: Esta Carta Orgánica es la ley fundamental del Partido LEALTAD, ESPERANZA y RESPONSABILIDAD, cuya organización y funcionamiento se ajustará a sus disposiciones. ARTICULO 2°: El Partido LEALTAD, ESPERANZA y RESPONSABILIDAD está constituido por la totalidad de sus afiliados en la provincia de Tucumán. CAPITULO II DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES ARTICULO 3°: Son afiliados todos los ciudadanos de ambos sexos que soliciten su afiliación y sean admitidos por las autoridades competentes partidarias. ARTICULO 4°: No podrán afiliarse los ciudadanos incluidos en las prohibiciones del Art. 32 de la Ley N° 5.454, disposiciones legales posteriores o concordantes. ARTICULO 5°: El ciudadano que desee afiliarse deberá firmar la solicitud de afiliación y llenar fichas por cuadruplicado que expresen: nombre y domicilio; matrícula; clase; sexo; estado civil; profesión; oficio; su firma o impresión digital debidamente autenticada y adhesión a los principios, las bases de acción política y a esta carta orgánica. Aprobada su solicitud, se le entregará constancia de su afiliación. ARTICULO 6°: Los ciudadanos deben afiliarse en la Sede del Partido sita en calle 25 de Mayo n° 266. La afiliación estará abierta permanentemente. ARTICULO 7°: Los afiliados ejercerán la dirección, gobierno y fiscalización del Partido, por intermedio de los órganos creados según las disposiciones de esta Carta Orgánica. ARTICULO 8°: La afiliación se extingue por: muerte; renuncia; desafiliación y expulsión. ARTICULO 9°: La renuncia a la afiliación presentada en forma fehaciente debe ser resuelta por la autoridad partidaria correspondiente dentro de los 15 días de presentada. Si no fuera resuelta dentro de ese plazo, se la considerará aceptada. La desafiliación y la expulsión son sanciones que se aplicarán por los órganos y procedimientos que más adelante se señalan, según la gravedad de la infracción cometida por el afiliado. ARTICULO 10°: Todos los afiliados tienen iguales derechos y obligaciones. Ningún afiliado o grupo de afiliados podrá atribuirse la representación del Partido, o de sus organismos o de otros afiliados. Están obligados a observar los principios y bases de acción política aprobados por el Partido y en su hora, la plataforma electoral, mantener la disciplina partidaria, cumplir estrictamente las disposiciones de sus organismos, votar en las elecciones internas y contribuir a la formación del patrimonio del Partido, según las disposiciones que se dicten al respecto por las autoridades partidarias. Tienen derecho a elegir y ser elegidos, sea para desempeñar funciones dentro de la organización, como así también para las electivas y ejecutivas en el gobierno. ARTICULO 11°: Son adherentes al Partido, los argentinos menores de 16 años y los extranjeros. Deben solicitarlo y recibir constancia de su adhesión. Gozarán de los mismos derechos y obligaciones que los afiliados, excepto las electorales. CAPITULO III DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS DEL CONGRESO CIUDADANO ARTICULO 12°: El Congreso Ciudadano del Partido es su organismo supremo y representa directamente a la soberanía partidaria. Sus miembros durarán en sus mandatos cuatro años y serán elegidos de manera directa por los afiliados. El Congreso Ciudadano tendrá su sede en San Miguel de Tucumán, pero podrá sesionar en el lugar de la Provincia que designe en cada caso, el quórum se forma con la mitad más uno en la primera citación y con un tercio en la segunda. Sus deliberaciones se regirán por el Reglamento del Honorable Congreso Ciudadano y supletoriamente por el último Reglamento de la Honorable Legislatura de Tucumán. ARTICULO 13°: El Congreso Ciudadano estará formado por diez (10) miembros elegidos por el voto directo de los afiliados. Designará de su seno sus autoridades por simple mayoría de votos presentes. Elegirá un Presidente, un Vicepresidente y tres Secretarios. El Congreso Ciudadano deberá reunirse ordinariamente, al menos, una vez al año y extraordinariamente cuando lo solicite un tercio de sus miembros por nota, con firmas certificadas, dirigida al Presidente del Congreso Ciudadano o cuando lo solicite el Consejo Ciudadano. Será obligación de las autoridades del Congreso Ciudadano, en estos casos, efectuar la convocatoria dentro del quinto día de solicitada para que este pueda reunirse dentro del plazo de veinte días de efectuada la petición. Si así no lo hicieren el Congreso Ciudadano podrá autoconvocarse por decisión de un tercio de los Congresales o ser citado por el Consejo Ciudadano. En caso de acefalía del Congreso Ciudadano la convocatoria se hará por el Presidente del Consejo Ciudadano o por un tercio de los Congresales. ARTICULO 14°: Corresponderá al Congreso Ciudadano: • Formular la Declaración de Principios del Partido y aprobar la Plataforma Electoral que esta agrupación política sostendrá en las elecciones en que concurra. • Reformar la presenta Carta Orgánica con el voto de los dos tercios del total del cuerpo. • Fijar en el orden provincial un plan de acción política, social, económica y cultural del Partido o aprobar la Plataforma Electoral. • Impartir las directivas generales para el desenvolvimiento del partido, en toda la provincia, expedir los reglamentos necesarios para su mejor gobierno. • Recabar y recibir informes de los organismos provinciales o municipales del Partido o de sus afiliados. • Juzgar en definitiva, originariamente, o por apelación, de la conducta de todas la autoridades establecidas por esta Carta Orgánica o las de Distrito. • Considerar los informes de representaciones parlamentarias provinciales. ARTICULO 15°: Para ser miembro del Congreso Ciudadano se requiere tener domicilio registrado en la jurisdicción provincial, ser mayor de dieciocho años, estar afiliado al partido y no estar comprendido en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en las leyes provinciales y/o municipales o en la presenta Carta Orgánica. ARTICULO 16°: Las sesiones del Congreso Ciudadano serán siempre de carácter público. En todas las sesiones del Congreso Ciudadano podrán asistir los miembros del Consejo Ciudadano con voz pero sin voto. DEL CONCEJO CIUDADANO ARTICULO 17°: El Consejo Ciudadano estará integrado por siete (7) miembros, que llevarán las siguientes designaciones: un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Tesorero, dos (2) Secretarios y dos (2) Vocales. Además se elegirán tres (3) miembros suplentes para el caso de alguna/s vacancias en el seno del organismo, y las que serán cubiertas de acuerdo al orden correlativo. El Consejo Ciudadano dictará su propio reglamento y determinará las funciones y composición de todos sus organismos. Tendrá Sede en San Miguel de Tucumán y podrá sesionar en el lugar de la Provincia que se establezca en cada caso. Los mandatos durarán cuatro años. El quórum para el Consejo Ciudadano será de la mitad mas uno de sus miembros en Primera Citación y de un tercio en Segunda Citación. El Consejo Ciudadano es el órgano permanente encargado de cumplir las disposiciones de esta carta Orgánica, las resoluciones del Congreso Ciudadano y las reglamentaciones que se dicten. Representa la suprema autoridad ejecutiva del Partido y es el encargado de orientar la acción partidaria en los casos no previstos por resolución del Congreso Ciudadano. ARTICULO 18°: Para ser miembro del Consejo Ciudadano se requieren las mismas cualidades que para ser congresal. ARTICULO 19°: Corresponde asimismo al Consejo Ciudadano: • Conducir la marcha del Partido en la Jurisdicción provincial, dictando normas y reglamentaciones relativas a su organización, las de los organismos que dependan y cumplir y hacer cumplir esta Carta Orgánica y las resoluciones de los organismos superiores del partido. • Dirimir conflictos de cualquier naturaleza que se susciten entre los organismos partidarios. • Fiscalizar la conducta política de los representantes del Partido en los cuerpos colegiados provinciales. • Mantener las relaciones con los poderes públicos provinciales y con los organismos partidarios de Distrito. • Organizar la difusión y propaganda Partidaria en el orden provincial creando los organismos necesarios para ese fin. • Dirigir la campaña electoral, la propaganda y el proselitismo en concordancia con la Plataforma Electora y Declaración de Principios que esta agrupación política sostiene. • Designar al Apoderado General titular y suplente, para que represente al Partido ante la Justicia Electoral y otras autoridades oficiales. • Convocar al Congreso Ciudadano en los casos previstos. • Dar directivas sobre la orientación y actuación del Partido de conformidad a las disposiciones de esta Carta Orgánica y las Resoluciones del Congreso Ciudadano y realizar con las facultades suficientes, todos los actos y contratos que deben cumplirse conforme a las disposiciones legales. • Aplicar las sanciones a que hace referencia el artículo 33, inciso a) y b) de esta Carta Orgánica, previo dictamen de los Tribunales de Disciplina, y ad referéndum del Congreso Ciudadano. • Hacer las designaciones del Responsable económico-financiero y responsable político de las campañas electorales, o cualquier otra necesaria conforme a las disposiciones de la ley. ARTICULO 20°: Las Resoluciones del Consejo Ciudadano se adoptarán por mayoría simple de los presentes. ARTICULO 21°: El Consejo Ciudadano se reunirá por lo menos en dos sesiones ordinarias por año, y en forma extraordinaria tantas veces como la situación así lo requiera. DE LA ELECCION DE CANDIDATOS A GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN. ARTICULO 22°: Internas abiertas. El candidato a Gobernador será elegido directamente por los afiliados. Podrá serlo también por los ciudadanos no afiliados a ningún partido político que se encuentren habilitados para emitir el sufragio en los comicios provinciales. A esos fines el territorio de la Provincia de Tucumán se considerará un distrito único. El candidato a vicegobernador podrá ser elegido por el mismo procedimiento, en los términos del artículo. CAPITULO IV DE LA JUNTA ELECTORAL ARTICULO 23º: La Junta Electoral Nacional estará integrada por cinco (5) miembros titulares y dos (2) suplentes, los que deberán reunir las condiciones requeridas para ser congresal y durarán cuatro años en sus funciones. El Congreso Ciudadano designará cinco (5) miembros titulares, un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y dos vocales, y dos suplentes para los mismos. El quórum de la junta se constituirá con la presencia de tres de sus miembros titulares. Las decisiones de la Junta Electoral son inapelables e irrevocables en el ámbito partidario y tendrán autoridad de cosa juzgada. ARTICULO 24°: La Junta Electoral tiene las siguientes facultades: a) Dirección y control de todo acto eleccionario interno. b) Aprobación, ordenamiento, clasificación y distribución de los padrones. c) Organización de los comicios y conocimiento y resolución de impugnaciones, fiscalización de elecciones y proclamación de candidatos electos. d) Confección de cronograma electoral. e) Dictado de su propio reglamento y normas complementarias necesarias para la regulación de los actos electorales. CAPITULO V DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA ARTICULO 25°: Existirá un tribunal permanente de disciplina para entender en los casos individuales o colectivos que se susciten por inconducta, indisciplina, violación de los principios y resoluciones de los organismos partidarios que puedan significar la aplicación de sanciones para sus afiliados o adherentes. Substanciarán las causas por el procedimiento escrito que se reglamente y que asegure el derecho de defensa del imputado y dictaminará aconsejando la sanción que corresponda. ARTICULO 26°: El Tribunal de Disciplina está compuesto por tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes, preferentemente abogados o escribanos, elegidos por el voto directo de los afiliados, que durarán cuatro años en sus funciones, reunirán las cualidades exigidas para ser miembros del Congreso Ciudadano y no podrán formar parte de otros organismos partidarios. Tendrán las siguientes designaciones: un (1) Presidente y dos (2) Vocales. Para sesionar válidamente el Tribunal de Disciplina requerirá de la presencia de la totalidad de sus miembros. ARTICULO 27°: Los Tribunales de Disciplina podrán aconsejar las siguientes sanciones: a) Amonestación. b) Suspensión temporaria de la afiliación. c) Desafiliación. d) Expulsión. CAPITULO VI DE LA COMISION DE FISCÁLIZACIÓN ARTICULO 28°: A los efectos de contralor contable de los ingresos y egresos de los fondos partidarios, el Congreso Ciudadano designará una Comisión Fiscalizadora de tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes, preferentemente profesionales especializados en la materia. Para ser miembro de la Comisión de Fiscalización se requieren las mismas cualidades que para ser congresal. La Comisión se dará su propia reglamentación de funcionamiento la que deberá ser aprobada por el Consejo Ciudadano. Para sesionar válidamente el Tribunal de Disciplina requerirá de la presencia de la totalidad de sus miembros. CAPITULO VII DE LOS APODERADOS ARTICULO 29°: El Congreso Ciudadano nombrará uno o más apoderados, con preferencia abogados, para que conjunta, alternativa o separadamente representen al Partido ante las autoridades judiciales, electorales o administrativas y realicen todas las gestiones o trámites que le sean encomendados por aquellos. CAPITULO VIII DEL PATRIMONIO ARTICULO 30°: Los recursos del Partido serán: • Las contribuciones de los afiliados en todo el territorio de la provincia. • Los aportes, donaciones o ingresos de cualquier naturaleza que se efectuaran voluntariamente y que no están prohibidas por las leyes. • Con los aportes y subsidios del Estado destinados a los partidos políticos y dispuestos por la legislación vigente y/o la que se dictase en el futuro. • Con las utilidades provenientes de todas las formas de recaudación que no se encuentren prohibidas por la ley y que el Consejo Ciudadano u otros organismos dentro de sus jurisdicciones determinaren para proveer fondos al partido. ARTICULO 31°: Los recursos serán administrados por el Consejo Ciudadano En oportunidad del cierre del ejercicio económico – 31 de diciembre de cada año- se deberán realizar los estados contables efectuando las gestiones que establece la normativa vigente. ARTICULO 32°: Los bienes inmuebles y los bienes muebles registrables serán inscriptos en el registro respectivo a nombre del Partido LEALTAD, ESPERANZA Y RESPONSABILIDAD, ya sean provenientes de compra, donación o cualquier otra forma legítima de adquisición. ARTICULO 33°: Los fondos del Partido serán depositados en el Banco que el Consejo Ciudadano disponga, a nombre del Partido y únicamente a la orden conjunta del Presidente y del Tesorero. CAPITULO IX DEL CONSEJO DE PLANIFICACION ARTICULO 34°: El Consejo de Planificación cuyo funcionamiento e integración será reglamentado por el Consejo Ciudadano tendrá por finalidad el estudio y elaboración de programas de gobierno y políticas para las instituciones del sector social, gremial, profesional y universitario. CAPITULO X DE LA DISOLUCION DEL PARTIDO ARTICULO 35°: El Partido LEALTAD, ESPERANZA Y RESPONSABILIDAD sólo se disolverá, además de las causales previstas por las leyes, por la voluntad de sus afiliados, que deberán expresarse por el Congreso Ciudadano del Partido, en decisiones unánimes de sus miembros. CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 36°: Las elecciones partidarias internas se regularán por esta Carta Orgánica, subsidiariamente por las disposiciones de la Ley 5.454 y las que sean aplicables por la legislación electoral. ARTICULO 37°: En la elección de autoridades internas del Partido y candidatos a cargos públicos electivos, se dará participación a las minorías, correspondiendo a la primera minoría el veinticinco por ciento de los mismos, siempre que alcance dicha minoría el veinticinco por ciento de los votos válidos emitidos. ARTICULO 38°: El Partido podrá elegir candidatos para cargos electivos a quienes no sean afiliados. Esta Carta Orgánica autoriza y las Cartas Orgánicas de los Distritos autorizarán la concertación de confederaciones como fusiones y alianzas en los términos previstos en la Ley 5.454. CAPITULO XII DISPOSICIONES TRANSITORIAS ARTICULO 39°: Si existieran circunstancias excepcionales, de tipo institucional, político, gremial o económico, o de grave trascendencia, que impidiere el libre y normal desenvolvimiento del Partido, el mandato de sus miembros se entenderán prorrogados hasta que el propio Congreso Ciudadano determine que han cesado las causales que motivaron dicha prórroga. Queda sin efecto toda disposición que se oponga al presente artículo.

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