RESOLUCIONES N° 4023 (DGC) del 21/10/2026
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO. RESOLUCIÓN N° 4023/2026, del 21/10/2026. (Expte Nº 23800-377/2026) VISTOS: Estas actuaciones mediante las cuales el Departamento Valuación propone fijar el Valor Unitario Básico de la tierra libre de mejoras correspondiente a la urbanización denominada “Country Solar del Este”, ubicada sobre la Ruta Provincial 306, San Andrés, Cruz Alta; el artículo 13, inciso 4, de la Ley Provincial 7971; y CONSIDERANDO: Que la urbanización se originó a partir de la registración del Plano de Mensura y Subdivisión para afectar al Régimen de Propiedad Horizontal Especial 95254/2026 (expediente 12752-377/2026), mediante el cual se dividió la parcela matriz en ciento treinta y una (131) fracciones identificadas con el padrón 873.514. Que el Departamento Valuación propuso fijar en la suma de $ 25 por metro cuadrado el Valor Unitario Básico de la tierra libre de mejoras correspondiente a las parcelas que integran dicha urbanización. Que, para determinar el valor propuesto, el área técnica consideró el nivel de infraestructura, los servicios urbanos, el grado de consolidación, los valores de mercado, la potencialidad de expansión urbana de la zona y la distancia al núcleo central de San Miguel de Tucumán. Que también tomó como parámetros comparativos los valores unitarios básicos asignados a otros emprendimientos de características similares, entre ellos el barrio privado Solar de San Pablo, el barrio privado 10 de Abril, el Country La Emilia y el barrio cerrado Las Palmas. Que, con la aplicación de estos coeficientes, el Valor Unitario Básico del terreno actualizado a Decreto 3409/3 del 2026 es de $ 3213,16 por metro cuadrado. Que el informe técnico también determina un Valor Unitario de Terreno de $4 0.250 por metro cuadrado, de acuerdo con los parámetros establecidos por el Observatorio del Mercado Inmobiliario de Tucumán. Que, a partir del 1 de septiembre de 2026, corresponde aplicar el coeficiente de actualización previsto por el Decreto Provincial 2158/3. Que las parcelas comprendidas en la urbanización fueron categorizadas como urbanas y que las valuaciones fiscales resultantes tendrán vigencia tributaria a partir del año 2027. Que el artículo 13, inciso 4, de la Ley Provincial 7971 prevé la modificación de la valuación de los inmuebles cuando los cambios en los niveles de infraestructura o en las condiciones del sector requieran un nuevo estudio de los Valores Unitarios Básicos, a criterio de esta Dirección General. Que la propuesta formulada por el Departamento Valuación se ajusta a criterios de razonabilidad y equidad tributaria, por lo que corresponde aprobar el Valor Unitario Básico propuesto. Que, en mérito al dictamen legal obrante en autos, corresponde dictar el presente instrumento; por ello: EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO RESUELVE: Artículo 1: Fijar en la suma de pesos veinticinco ($ 25) por metro cuadrado el Valor Unitario Básico de la tierra libre de mejoras correspondiente a las parcelas que integran la urbanización denominada Country Solar del Este, ubicada sobre la Ruta Provincial 306, San Andrés, Cruz Alta, ajustado por los coeficientes legalmente vigentes y con vigencia tributaria a partir del año 2027, por lo considerado. Artículo 2: Comunicar a los Departamentos Agrimensura, Cartografía, Régimen Catastral y Valuación, a sus efectos. Artículo 3: Publicar en el Boletín Oficial. Artículo 4: Archivar.