DECRETO N° 2473/3 (SH) del 06/10/2026
Boletin n°: 31.309 - Aviso n°: 275.570 - Fecha Boletín: 23/10/2026

DECRETO N° 2.473/3 (SH), del 06/10/2026. EXPEDIENTE N° 183/385-I-2026 VISTO el expediente de referencia mediante el cual el Instituto de Desarrollo Productivo de Tucumán solicita la asignación de recursos financieros destinados a atender el cumplimiento de obligaciones emergentes de sentencias judiciales dictadas en contra del organismo; y CONSIDERANDO: Que mediante los pronunciamientos judiciales citados, se ha dispuesto una obligación a cargo del Instituto de Desarrollo Productivo de Tucumán, resultando necesario arbitrar los medios financieros y presupuestarios conducentes a su efectivo cumplimiento. Que, a tal efecto, corresponde efectuar una adecuación presupuestaria, incrementando en la Jurisdicción correspondiente al organismo, el Recurso N° 18.111, con la estructura de gastos necesaria, correspondiendo exceptuar de las disposiciones del Artículo 1° del Decreto N° 1/3(S.H.)-2026, a la suma incrementada en la respectiva partida subparcial. Que, asimismo, resulta procedente otorgar al citado organismo un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma de $250.000.000.-, destinado a atender las obligaciones derivadas del cumplimiento de las sentencias judiciales. Que, en consecuencia, corresponde autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva Orden de Pago, con cargo a la partida subparcial que se indica. Que a tal fin, resulta necesario dictar la respectiva medida administrativa teniendo en cuenta las previsiones de la Ley N° 9942 - Presupuesto General 2026-, y las disposiciones del Decreto N° 292/3(S.H.)-2008, y además se deberá tener en cuenta lo informado por la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a foja 35, Contaduría General de la Provincia a foja 37, la Dirección General de Presupuesto a foja 38, y Tesorería General de la Provincia a foja 40. Por ello, y atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 42, y al Dictamen Fiscal N° 1696 del 30 de septiembre de 2026, adjunto a foja 46/47, de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA ARTICULO 1º.- Efectúase la siguiente adecuación presupuestaria: Todo del Presupuesto General 2026. Jurisdicción 50: SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro: . EXTRAÉSE del Programa 93: Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03: Créditos Adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, Partida Subparcial 399: Otros no especificados precedentemente, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000.-). . INCREMÉNTASE, Programa 97: Transferencias a Organismos Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 12: Transferencias Figurativas al I.D.E.P., Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, la Partida Subparcial 912: Contribuciones a Instituciones Descentralizadas y Autárquicos que Consolidan, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000.-) Como consecuencia de ello: INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 83: Instituto de Desarrollo Productivo, el Recurso 18.111: de la Administración Central Provincial, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000.-), y la siguiente estructura de gastos: Programa 11: U.O. Nº 991 - Instituto de Desarrollo Productivo, Finalidad/Función 450, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 - U.O. Nº 991 - Instituto de Desarrollo Productivo, Financiamiento 10, Recursos Tesoro General de la Provincia (Figurativo 18111), Partida Subparcial 387: Juicios y Mediaciones, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000.-) ARTICULO 2°.- Exceptúase de las disposiciones del Artículo 1° del Decreto N° 1/3(S.H.) del 5 de enero de 2026, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($250.000.000.-), correspondiente a la Partida Principal 300: Servicios no Personales. ARTICULO 3°.- Otórgase un Aporte No Reintegrable al INSTITUTO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE TUCUMAN por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($250.000.000.-), para atender el cumplimiento de las obligaciones emergente de sentencias judiciales contra el Instituto de Desarrollo Productivo de Tucumán. ARTICULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN a emitir la correspondiente orden de pago a favor del INSTITUTO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE TUCUMAN, con imputación a la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97 - Transferencias a Organismos Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 12 - Transferencias Figurativas al I.D.E.P., Partida Subparcial 912 - Contribuciones a Instituciones Descentralizadas y Autárquicos que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 6°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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