DECRETO N° 2485/7 (SES) del 06/10/2026
DECRETO N° 2.485/7 (SES), del 06/10/2026. EXPEDIENTE N° 4358/208-ADM-2026. VISTO, que se hace necesario autorizar a los empleados del Departamento General de Policía, Cabo 1° Retamosa Santiago Matías, Cabo 1° Armas Gabriel Matías, Cabo González Ángel Cristian y Personal Transitorio López Gabriel Alejandro, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Córdoba, el día 07 de octubre de 2026, con regreso el día 11 de octubre del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que los citados empleados participen de la "20° Escuela Internacional de Incendios Industriales", que se desarrollara en las instalaciones del Campo de Entrenamiento Monte Maíz, provincia de Córdoba, durante los días 08 al 10 de octubre de 2026. Que a fs. 78 la Dirección de Administración de la repartición, indica que la repartición policial cuenta con crédito presupuestario, para atender los gastos de viáticos y pasajes, para el cumplimiento de la presente misi6n oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorizase a los empleados del Departamento General de Policía, Cabo 1° Retamosa Santiago Matías, DNI N° 36.869.840, Cabo 1° Armas Gabriel Matías, DNI N° 36.929.324, Cabo González Ángel Cristian, DNI N° 38.743.580, y Personal Transitorio López Gabriel Alejandro, DNI N° 43.563.205, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Córdoba, el día 07 de octubre de 2026, con regreso el día 11 de octubre del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2°.- Facúltase a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía, a proveer a los citados empleados de los fondos correspondientes para gastos de viáticos y pasajes (Tucumán- Córdoba - Tucumán). ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de viáticos y pasajes, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 250 (Departamento General de Policía), del Presupuesto General 2026. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.