DECRETO N° 2507/5 (MED) del 13/10/2026
DECRETO N° 2.507/5 (MEd), del 13/10/2026. EXPEDIENTE N° 009842/230-B-26.- VISTO las presentes actuaciones por las cuales se gestiona la autorización para contratar en forma directa, por el término de 02 (dos) años, la locación del inmueble sito en calle Maipú N° 1079/81, de San Miguel de Tucumán, donde funcionan distintas oficinas dependientes del Ministerio de Educación, y CONSIDERANDO: Que al encontrarse vencido el contrato de alquiler del citado inmueble y persistiendo la necesidad de continuar con la locación del mismo, el propietario presenta la propuesta locativa por el término de dos años y con un canon inicial de $1.800.000.- (pesos un millón ochocientos mil) mensual, con una actualización trimestral en base al IPC o ICL, publicado por el INDEC (fojas 01). Que la Comisión de Tasaciones dependiente de la Secretaría de Estado de Obras Públicas, a fojas 26, recomienda para un inmueble de estas características un valor en concepto de alquiler mensual por la suma de $1.600.000.- (pesos un millón seiscientos mil) como límite máximo. Asimismo, respecto a la forma de actualización, señala que debería ser incumbencia de los organismos técnicos y legales competentes de la repartición de origen teniendo en cuenta que existe normativa vigente que establece las condiciones sobre los ajustes en los contratos de alquiler. Que el señor Alfredo Rubén Bunader, propietaria del inmueble citado, acepta el valor locativo sugerido por la Comisión mencionada precedentemente (fojas 30). Que a fojas 32/32 vuelta el Jefe de la División Fiscalización de la Dirección de Comercio considera adecuada y razonable la renovación del alquiler del inmueble, conforme lo dispuesto por el Artículo 59°, Inciso 7) de la Ley N° 6.970 y el Artículo 91° del Decreto Acuerdo N° 22/1-09, y concluye que no existirían inmuebles de similares características y precios en la zona de influencia del inmueble. Asimismo, señala que al tratarse de una renovación contractual, resulta conveniente mantener el mismo locador evitando nuevos gastos de depósito, mudanza, etc. Que a fojas 38/39 el Departamento de Valuación de la Dirección General de Catastro emite informe de su competencia y concluye que el valor del canon locativo estimado por la Comisión de Tasaciones, resulta razonable y congruente con los valores del mercado. Que a fojas 49 la Contaduría General de la Provincia presta conformidad al trámite, el cual podrá resolverse mediante Decreto del Poder Ejecutivo. Que se acompaña copia de DNI del propietario, descripción del inmueble, Constancia de Opción al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes emitida por ARCA, Constancia de Inscripción en la Dirección General de Rentas de la Provincia, informe de dominio del Registro Inmobiliario de la Matrícula Registral N-53932 donde consta la titularidad de dominio del señor Alfredo Rubén Bunader, constitución de domicilio legal, renuncia al fuero federal y Declaración Jurada en cumplimiento del Artículo 108 del Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por Decreto Acuerdo N° 22/1-09 y modelo de Contrato de Locación suscripto por el propietario del inmueble (fojas 02/05, 09/10, 13, 15 y 66/67). Que a fojas 56 la Dirección General de Presupuesto determina la correspondiente imputación presupuestaria. Aclara que, en cuanto al monto a imputar al presente ejercicio, una vez dictado el Instrumento legal que autorice la contratación, recién se podrá conocer la cantidad de meses que se imputarán al mismo. Asimismo, indica que para ejercicios futuros se deberán realizar las previsiones pertinentes para atender la presente erogación. Que a fojas 62 la Tesorería General de la Provincia toma conocimiento y da prosecución al trámite. Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo que disponga la contratación que se propicia. Que el presente trámite se encuadra en las disposiciones contenidas en el Artículo 59° Inciso 7) de la Ley N° 6970 y de acuerdo a la escala de contrataciones previstas en el Decreto N° 995/3 (MEyP)-26 y su rectificatorio N° 1003/3 (MEyP)-26. Por ello, y de acuerdo a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fojas 58/60 (Dictamen Fiscal N° 1667/26), EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- AUTORIZASE la contratación directa del alquiler del inmueble sito en Maipú N° 1079/81, de San Miguel de Tucumán, con el señor Alfredo Rubén Bunader, CUIT N° 20-10013609-1, por el término de 02 (dos) años, a partir del 01 de noviembre del 2.026, por un monto mensual de $1.600.000.- (pesos un millón seiscientos mil), para el primer trimestre y con actualización trimestral teniendo en cuenta el índice de Precio Consumidor o Indice Contrato de Locación, el menor del trimestre anterior; para el funcionamiento de distintas oficinas, dependientes del Ministerio de Educación, por lo expuesto en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°.- FACÚLTASE a la señora Ministra de Educación, Prof. Ester Susana Montaldo, a suscribir en representación del Poder Ejecutivo el contrato de locación, conforme al modelo que como Anexo Único pasa a formar parte del presente Decreto, con el señor Alfredo Rubén Bunader, CUIT N° 20-10013609·1, en virtud de lo dispuesto en el artículo precedente. ARTICULO 3°.- IMPÚTASE el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° a: Jurisdicción 36: SAF MED - Secretaría de Estado de Gestión Administrativa Ministerio Educación; Programa 11 - U.O. N° 329: Ministerio de Educación; Finalidad/Función 347, Sub· Programa 00; Proyecto 00; Actividad 01 - U.O. N° 329: Ministerio de Educación; Partida Presupuestaria 300, Partida Sub-Parcial 321 ($3.200.000.-) - Alquiler de Edificios y Locales; Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia del Presupuesto General 2026. Asimismo, déjase establecido que el Servicio Administrativo Contable y la Subdirección de Presupuesto del Ministerio de Educación, por tratarse de un contrato plurianual, deberán tomar las previsiones presupuestarias atinentes para solventar el gasto en ejercicios futuros. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y firmado por el señor Secretario de Estado de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.