DECRETO N° 2506/7 (SES) del 13/10/2026
Boletin n°: 31.312 - Aviso n°: 275.652 - Fecha Boletín: 28/10/2026

DECRETO N° 2.506/7 (SES), del 13/10/2026.- EXPEDIENTE N° 85131/213-P-2026.- VISTO que por las presentes actuaciones el Sargento José Rolando Pérez, personal dependiente del Departamento General de Policía, solicita el Retiro Voluntario de la Institución (fs. 01); y CONSIDERANDO: Que se adjunta: Fotocopia de su DNI (fs. 02); Boleta de Haberes (fs. 03); Planilla Prontuarial en la que consta su sobreseimiento en causa penal tramitada por Expte. N° 57529/2013 (fs. 10); Foja de Servicios (fs. 19); e Informe de Legajos Penales producido por el Ministerio Público Fiscal, en el que figura el archivo del Legajo N° 57529/2013 (fs. 30). Que la Dirección General de Asuntos Internos Policiales (DIGAIP) informa que no registra sumarios en trámite; detalla los sumarios administrativos tramitados y concluidos al agente y adjunta las resoluciones que aplicaron las sanciones (fs. 13/15). Que la Unidad de Trámite Previsional de la Policía adjunta detalle de servicios en el que indica que el peticionante acredita una antigüedad de 20 años, 10 meses y 12 días de servicios al 11/06/2026 (fs. 17). Que la Asesoría Letrada General de la Policía emite opinión de competencia, estimando procedente el pedido (fs. 21). Que se adjunta Acta de fecha 24/06/2026 por la cual el empleado policial ratifica su pedido de Retiro Voluntario (fs. 22). Que el Jefe de Policía, mediante Resolución N° 1937/2026 (CAL D-1) del 30/06/2026 solicita que se decrete el pase a situación de Retiro Voluntario del Sargento José Rolando Pérez, conforme las prescripciones de los artículos 11 y 17 de la Ley N° 3.886 (fs. 24). Que el Secretario de Estado de Seguridad brinda conformidad al trámite (fs. 27). Que la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad emite dictamen favorable (fs.32). Que conforme al artículo 10 de la Ley N° 3.886 (Retiros Policiales), el personal policial podrá pasar de la situación de Actividad a la situación de Retiro a su solicitud o por imposición de las normas. Que el artículo 11 de la misma norma prevé que: "El pase del personal policial en actividad a situación de retiro a su solicitud, se denomina Retiro Voluntario ( ... ). En las elevaciones, los superiores que intervengan harán constar si existe o no impedimentos legales para acordar el retiro ( ... )". Que por su parte, el artículo 13 establece que: "Los pases a situación de Retiro serán dispuestos por el Poder Ejecutivo, previa elevación de los mismos por el Jefe de Policía ( ... )". Que a su vez, el artículo 17 consigna que: "El retiro voluntario y el obligatorio podrán ser con derecho a haber o sin él. El retiro voluntario será con derecho a haber para el personal policial que acredite como mínimo 25 años de servicios computables, de los cuales quince (15) deben ser policiales; o veinte (20) años de servicios policiales ( ... ). Que por lo expuesto, de conformidad con las constancias de autos y la normativa citada, no existe objeción legal para disponer el pase a situación de Retiro Voluntario del Sargento José Rolando Pérez, conforme lo solicita el Jefe de Policía a fs. 24. Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 34- 35 (Dictamen Fiscal N° 1578 de fecha 09/09/2026), EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Dispónese el pase a situación de retiro voluntario del señor José Rolando Pérez, DNI N° 29.666.116, Sargento del Departamento General de Policía, en virtud de lo establecido en los artículos 11 y 17 de la Ley N° 3.886, en virtud de lo considerado precedentemente. ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y firmado por el señor Secretario de Estado de Seguridad. ARTICULO 3°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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