DECRETO N° 2516/3 (SH) del 13/10/2026
Boletin n°: 31.313 - Aviso n°: 275.697 - Fecha Boletín: 29/10/2026

DECRETO N° 2.516/3 (SH), del 13/10/2026.- EXPEDIENTE N° 1123/460-V-2026.- VISTO el presente expediente mediante el cual el Ente Autárquico Tucumán Turismo solicita un Aporte Financiero No Reintegrable, y CONSIDERANDO: Que el pedido es a efectos de contar con fondos para solventar el Aporte Reintegro Convenio Pago Único de EDET según detalle a fs. 1. Que en consecuencia corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago, teniendo en cuenta los informes emitidos, por la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a fs. 3, Contaduría General de la Provincia a fs. 4, Dirección General de Presupuesto a fs. 5 y la Tesorería General de la Provincia a fs.6. Por ello, atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Estado de Hacienda a fs. 7 y el Dictamen Fiscal N° 996 del 16 de junio de 2026, obrante a fs. 9 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Otórgase, de acuerdo a las disponibilidades del Tesoro Provincial, al ENTE AUTÁRQUICO TUCUMÁN TURISMO un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma total de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 79.245.850,66), para solventar el Aporte Reintegro Convenio Pago Único de EDET según detalle a fs. 1. ARTICULO 2°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCIÓN a emitir la respectiva orden de pago a favor del ENTE AUTÁRQUICO TUCUMÁN TURISMO, por la suma y el concepto citados en el artículo precedente, con imputación a la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97: Transferencias a Organismos Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 10: Transferencias Figurativas al E.AT.T., Partida Subparcial 912: Contribuciones a Instituciones Descentralizadas y Autárquicas que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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