DECRETO N° 2580/3 (MEyP) del 19/10/2026
DECRETO N° 2.580/3 (MEyP), del 19/10/2026. VISTO, el evento institucional "Tucumán Brilla en el Senado", que se llevará a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 23 de octubre de 2026; y CONSIDERANDO: Que se hace necesario autorizar al Secretario de Estado de Producción, Méd. Vet. Eduardo René Castro, dependiente del Ministerio de Economía y Producción, para trasladarse en misión oficial -vía aérea- a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 23 de octubre de 2026, con regreso a nuestra Provincia -por igual medio- el mismo día, mes y año. Que la citada misión oficial tiene como objetivo la participación del Señor Secretario en el mencionado evento, el cual se llevará a cabo el día 23 de octubre de 2026, en el Palacio legislativo del Senado de la Nación, ubicado en Hipólito Yrigoyen N° 1849, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que el mencionado evento tiene como objetivo poner en valor la identidad, el potencial productivo, turístico y cultural de nuestra Provincia en el ámbito del Senado de la Nación, siendo así, una oportunidad de compartir y proyectar a nivel nacional la riqueza cultural, artística, tradicional y las capacidades de desarrollo de Tucumán. Que, asimismo, se deja establecido que los gastos de pasajes y viáticos, que demande la presente misión oficial se imputarán a las partidas específicas que a tal fin cuenta la Unidad de Organización N° 405 - Denominación: SEP. Por ello y siendo del caso dictar el instrumento legal correspondiente; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase al Secretario de Estado de Producción, Méd. Vet. Eduardo René Castro, dependiente del Ministerio de Economía y Producción, a trasladarse en misión oficial -vía aérea- a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 23 de octubre de 2026, con regreso a nuestra Provincia -por igual medio- el mismo día, mes y año; en virtud de lo considerado precedentemente. ARTICULO 2°.- Déjase establecido que los gastos de viáticos, que demande la presente misión oficial se imputarán a las partidas específicas que a tal fin cuenta la Unidad de Organización 405 - Denominación: Secretaría de Estado de Producción; en el Presupuesto General del año 2026. ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción. ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-