DECRETO N° 2583/7 (SES) del 20/10/2026
DECRETO N° 2.583/7 (SES), del 20/10/2026. VISTO, que se hace necesario autorizar a los empleados del Departamento General de Policía, Comisario General Silva Raúl Alfredo, Comisario Díaz Diego Alberto y Oficial Auxiliar Molina Eliana Elizabeth, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Salta, el día 21 de octubre de 2026, con regreso el día 23 de octubre del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que los citados empleados participen en la “Jornada de Coordinación para el Control de Límites Provinciales del NOA”, que tendrá lugar en las instalaciones del predio de la División Complejo Policial Almudena, provincia de Salta, los días 21 y 22 de octubre de 2026. Que la Dirección de Administración de la repartición, informa que la organización anfitriona proveerá alojamiento y racionamiento durante el cursado, correspondiendo reconocer los gastos de combustible y peajes, para el cumplimiento de la presente misión oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a los empleados del Departamento General de Policía, Comisario General Silva Raúl Alfredo, DNI N° 22.467.263, Comisario Diaz Diego Alberto, DNI N° 29.059.744 y Oficial Auxiliar Molina Eliana Elizabeth, DNI N° 41.125.950, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Salta, el día 21 de octubre de 2026, con regreso el día 23 de octubre del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2º.- Déjase establecido que el traslado de la misión oficial autorizada en el artículo 1º, se realizará en el vehículo particular, marca Renault, modelo Captur Zen, dominio: AE348VN, asegurado en Rivadavia Seguros, Póliza de Seguro N° 50/969618-003, el que será conducido por el señor Silva Raúl Alfredo, DNI N° 22.467.263. ARTICULO 3°.- Déjase establecido que los daños ocasionados a terceros, transportados o no, o que pudieran ocasionarse, como así también toda la documentación pertinente (seguro, patente, etc.) corren por cuenta exclusiva del titular del vehículo. ARTICULO 4°.- Facúltase a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía a proveer a los citados empleados los fondos correspondientes para gastos de combustible y peajes (Tucumán - Salta - Tucumán). ARTICULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de combustible y peajes, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 250 (Departamento General de Policía), del Presupuesto General 2026. ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 7°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-