DECRETO N° 2581/14 (MGyJ) del 19/10/2026
DECRETO Nº 2.581/14 (MGyJ), del 19/10/2026.- VISTO, que se hace necesario autorizar a la Secretaria de Estado de Culto y Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil, señora Analía Roxana Díaz acompañada por el señor Pablo Alejandro Lazo Personal de Planta Transitoria del Ministerio de Gobierno y Justicia, con una remuneración equivalente a la Categoría 20, a trasladarse en misión oficial, vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 26 octubre de 2026; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto la participación de la señora Secretaria de Estado en una reunión institucional que se llevara a cabo en la sede de la Conferencia Episcopal Argentina, con motivo de poner en conocimiento las actividades en las que participaran las Delegaciones oficiales ante la visita del Santo Padre León XIV. Que dicha reunión se desarrollara el día 27 de octubre del corriente año. Que resulta procedente designar al funcionario que se hará cargo del Despacho de la mencionada Secretaría de Estado, mientras dure la ausencia de su Titular. Por ello; y a fin de proceder de conformidad corresponde dictar el pertinente instrumento legal. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a la Secretaria de Estado de Culto y Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil, señora Analia Roxana Díaz, acompañada por el señor Pablo Alejandro Lazo DNI N° 36.281.590 Personal de Planta Transitoria del Ministerio de Gobierno y Justicia, con una remuneración equivalente a la Categoría 20, a trasladarse en misión oficial, vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 26 de octubre de 2026 con fecha de regreso el día 27 del citado mes y año, por el motivo señalado precedentemente.- ARTICULO 2°.- Facúltase a la Dirección Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia, a proveer a la citada funcionaria y al señor Pablo Alejandro Lazo los pasajes vía aérea (ida y vuelta): Tucumán-Buenos Aires-Tucumán y a abonar los viáticos correspondientes.- ARTICULO 3°.- Encárgase la atención del Despacho de la mencionada Secretaría de Estado mientras dure la ausencia de su titular, a la señora Secretaría de Estado de la Juventud.- ARTICULO 4°.- Impútese la erogación resultante de lo dispuesto en el artículo 2° a las Partidas Presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la U.O. N° 230: Ministerio de Gobierno y Justicia, en el Presupuesto General Vigente.- ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia.- ARTICULO 6°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-