RESOLUCIONES N° 99 (DGR) del 04/11/2026
DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL Nº 99/26, del 04/11/2026. VISTO el día del Día del Trabajador Bancario establecido para el 6 de Noviembre de 2026, y la Comunicación “A” 8487 del Banco Central de la República Argentina, y CONSIDERANDO: Que por el Día del Trabajador Bancario se dispone, para todas las entidades bancarias y financieras, día no laborable a nivel nacional; Que mediante la Comunicación “A” 8487 del Banco Central de la República Argentina se estableció feriado bancario para el día 10 de Noviembre de 2026, con motivo de la visita oficial a la República Argentina de Su Santidad el Papa LEÓN XIV; Que, por lo expresado, no habrá atención presencial en todas las entidades bancarias de la República Argentina, por lo cual los contribuyentes y/o responsables se verán impedidos de cumplir con el pago de las obligaciones tributarias con vencimiento los días 6 y 10 de Noviembre de 2026; En virtud de ello, se hace necesario tener por ingresados en término los pagos y las presentaciones de las declaraciones juradas que se efectúen hasta el día 11 de Noviembre de 2026, correspondiente a los vencimientos que operan los días 6 y 10 de Noviembre de 2026, de forma tal de dar por cumplimentadas en tiempo y forma las obligaciones tributarias correspondientes; Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y concordantes del Código Tributario Provincial, LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS RESUELVE: Artículo 1º.- Considerar presentadas e ingresados en término las declaraciones juradas y los pagos que se efectúen hasta el 11 de Noviembre de 2026 inclusive, de aquellas obligaciones tributarias correspondientes a los impuestos y regímenes que se indican a continuación, cuyos vencimientos operan los días 6 y 10 de Noviembre de 2026: 1. Ingresos Brutos - Agentes de Retención RG (DGR) N° 60/24: período 10/2026. 2. Impuesto para la Salud Pública: a) Anticipo 10/2026, con Nº de CUIT terminados en 0, 1, 2, 3, 4, 5 y 6. b) Agentes de Retención RG (DGR) N° 61/24: período 10/2026. 3. Impuesto de Sellos: a) Agentes de Percepción RG (DGR) N° 92/89, período 10/2026. b) Agentes de Percepción RG (DGR) N° 73/11: período 10/2026, semana 4. c) Grandes contribuyentes RG (DGR) N° 76/86: período 10/2026. d) Agentes de Retención RG (DGR) Nros. 52/02, 53/02 y 188/02 y Decreto Nº 1430/3(SH)-81: período 10/2026. e) Agentes de Recaudación RG (DGR) N° 53/06: período 10/2026. f) Instrumentos cuyos vencimientos operan los días 6 y 10 de Noviembre de 2026. 4. Tasa al Uso Especial del Agua - Agentes de Retención RG (DGR) N° 39/24: período 10/2026. Artículo 2º.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-