DECRETO N° 2613/3 (SH) del 26/10/2026
DECRETO N° 2.613/3 (SH), del 26/10/2026. EXPEDIENTE N° 7717/326-D-2026 VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad solicita un Aporte Financiero No Reintegrable; y CONSIDERANDO: Que lo solicitado será destinado al pago del Certificado de Obra N° 12 del mes julio/2026 de la obra "Pavimentación de R.P. N° 357 - Tramo: Intersección R. P. N° 40 - Ruinas de Quilmes". Que en consecuencia corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir la respectiva orden de pago, teniendo en cuenta los informes emitidos por la, Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a fs. 8, Contaduría General de la Provincia a fs. 9, la Dirección General de Presupuesto a fs. 10 y la Tesorería General de la Provincia a fs. 12. Por ello, atento al pronunciamiento legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 11 y el Dictamen Fiscal N° 1812 del 15 de octubre de 2026, obrante a fs. 14 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- OTÓRGASE a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD un Aporte Financiero No Reintegrable, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO QUINCE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON VEINTITRES CENTAVOS ($228.115.418,23.-), que será destinado al pago del Certificado de Obra N° 12 del mes julio/2026 de la obra "Pavimentación de R.P. N° 357 - Tramo: Intersección R. P. N° 40 - Ruinas de Quilmes". ARTICULO 2°.- AUTORIZASE a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCIÓN a emitir la respectiva orden de pago, a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, por la suma y el concepto citados en el artículo precedente; e imputar a la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97: Transferencias a Organismos Descentralizados y Aut. Consol, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01: Transferencias Figurativas a la DIR. PROV. VIALIDAD, Partida Subparcial 922: Contribuciones a Inst. Desc. y Autárq. que Consolidan, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2026. ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 4°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.