DECRETO N° 2588/14 (MGyJ) del 20/10/2026
DECRETO N° 2.588/14 (MGyJ), del 20/10/2026. EXPEDIENTE N° 1.141/200-A-2026.- VISTO, la presentación efectuada por la "Asociación Argentina de Cirugía", Resolución I.G.J. N° 0000011, de fecha 04/01/2023 con domicilio en calle Marcelo T. de Alvear N° 2415 de la Ciudad. Autónoma de Buenos Aires, mediante cual solicita que se le otorgue un subsidio, y CONSIDERANDO: Que dicho subsidio será destinado a solventar los gastos de la intervención artística y apertura del 96° Congreso Argentino de Cirugía, que se realizara durante los días 02, 03 y 04 de noviembre de 2026, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que intervienen la Dirección General de Presupuesto de la Provincia y la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno y Justicia. Que el Gobierno de la Provincia considera procedente acudir en ayuda de los mismos, brindándoles la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°. Otórgase a la "Asociación Argentina de Cirugía", Resolución I.G.J. N° 0000011, de fecha 04/01/2023 con domicilio en calle Marcelo T. de Alvear N° 2415 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CBU N° 0070659520000004123688, Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., un subsidio con cargo de oportuna rendición de cuentas, por la suma total de $ 6.434.999,54 (Pesos seis millones cuatrocientos treinta y cuatro mil novecientos noventa y nueve con cincuenta y cuatro centavos), quedando facultada la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno y Justicia. a emitir la correspondiente orden de pago.- ARTICULO 2°.- Impútase la erogación dispuesta precedentemente a la Jurisdicción 11 - SAF MGJ - DIR. ADM. MIN. GOB Y JUSTICIA - Unidad de Organización 230 - Ministerio de Gobierno y Justicia - Finalidad/Función 131 - Programa 11 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Partida Principal 500 - Subparcial 517 Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro, la suma de $ 6.434.999,54 - Fuente de Financiamiento 10 - Recurso del Tesoro General de la Provincia del Presupuesto General Vigente.- ARTICULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia.- ARTICULO 4°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-