DECRETO N° 2586/3 (SH) del 20/10/2026
DECRETO N° 2.586/3 (SH), del 20/10/2026.- EXPEDIENTE N° 1049/200-M-2026.- VISTO el presente expediente mediante el cual el Ministerio de Gobierno y Justicia, solicita un incremento presupuestario en el Programa 11 - U.O. N° 230: Ministerio de Gobierno y Justicia, en la Partida Principal 500, para atender los gastos del Boleto Estudiantil de agosto de 2026 y otras ayudas sociales, y CONSIDERANDO: Que teniendo en cuenta las disposiciones del Artículo 5° del Decreto N°292/3(ME)-2008 corresponde realizar una adecuación de crédito presupuestario para incrementar las Partidas Subparciales 514, 517 y 534; asimismo debe exceptuar el incremento de créditos cuya autorización se gestiona, de las disposiciones establecidas en el Artículo 1° del Decreto N° 1/3(SH)-2026, mediante el cual se fijan normas y excepciones relativas a la administración de los créditos presupuestarios, como así también de las previsiones contenidas en el Artículo 21º del citado decreto y sus normas complementarias y concordantes, que regulan el procedimiento aplicable a la administración de las cuotas financieras de gastos de los Servicios Administrativos Financieros (SAF). Que corresponde dictar la pertinente medida administrativa teniendo en cuenta los informes de la Dirección de Programación Económica del Ministerio de Economía y Producción a fs. 4, la Dirección General de Presupuesto a fs. 5 y Contaduría General de la Provincia a fs. 6. Por ello, atento al pronunciamiento legal emito por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 8 y al Dictamen Fiscal N° 1716 del 2 de octubre de 2026, adjunto a fs. 10/11 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- EFECTÚASE la siguiente adecuación presupuestaria: EXTRÁESE de la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 93: Erogaciones Varias, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03: Créditos Adicionales, Financiamiento 10: Recursos Tesoro Gral. de la Provincia, Partida Subparcial: - 517: Transferencias a otras Instit. Cult. y Soc. sin fines de lucro $ 4.780.000.000.- INCREMÉNTASE en la Jurisdicción 11: SAF MGJ - DIR. ADM. MIN. GOB y JUSTICIA, Programa 11: U.O. N° 230: Ministerio de Gobierno y Justicia, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01: U.O. N° 230: Ministerio de Gobierno y Justicia, Financiamiento 10: Recursos Tesoro General de la Provincia, las Partidas Subparciales: - 514: Ayudas Sociales a Personas $ 4.600.000.000.- - 517: Transferencias a otras Instit. Cult. y Soc. sin fines de lucro $ 150.000.000 - 534: Transf. a otras inst. nacionales $ 30.000.000.- Todo ello del Presupuesto General 2026, quedando exceptuado el crédito otorgado del alcance de lo dispuesto tanto en el Artículos 1° como en el Artículo 21° del Decreto N° 1/3(SH)-2026, incluidas, respecto del Artículo 21° sus normas complementarias y concordantes. ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda. ARTICULO 3°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-